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Jornadas de hasta 12 horas y “banco de horas”: ¿está vigente el acuerdo del Ministerio de Trabajo?


Un acuerdo ministerial firmado y publicado por el Ministerio de Trabajo —y luego desconocido por su propio titular— abrió un fuerte debate sobre la legalidad de cambiar la jornada laboral vía acuerdo ministerial.

El Ministerio de Trabajo publicó un acuerdo ministerial que planteaba la creación de una “jornada eficiente para el desarrollo”. El documento, suscrito por el ministro Harold Burbano, permitía reorganizar la jornada laboral hasta 12 horas diarias sin recargo, siempre que no se superen las 40 horas semanales.

Dos días después, el propio ministro aseguró que el texto no estaba vigente y que había sido “filtrado” antes de su discusión en el Consejo Nacional de Trabajo y Empleo.

Este medio constató que, tras la polémica, el acuerdo ya no se encuentra disponible en el apartado de acuerdos ministeriales del portal institucional del Ministerio de Trabajo. Hasta el cierre de esta nota, el equipo de comunicación de la cartera de Estado no ha respondido a las consultas enviadas por la prensa sobre la vigencia del documento, su retiro del sitio web ni el procedimiento aplicado.

¿Cómo hablar de seguridad jurídica?

Para la abogada laboralista y constitucionalista Sylvia Bonilla, integrante del Centro de Investigaciones y Defensa del Derecho al Trabajo, el problema no es solo de forma, sino de fondo.

“El Ministerio tiene la obligación de publicar los acuerdos ministeriales y así lo hizo. Es completamente irresponsable firmar un acuerdo, ponerlo en vigencia desde su suscripción y luego decir que no está vigente sin explicar por qué se firmó”, sostuvo.

Bonilla cuestiona además la seguridad jurídica que el Gobierno ofrecía a los sectores empresariales. “¿Qué seguridad jurídica estamos hablando cuando ni siquiera el propio ministro se pone de acuerdo sobre la vigencia de un documento que firmó?”, preguntó.

Desde el sector productivo hubo pronunciamientos celebrando la posibilidad de introducir esquemas más flexibles de trabajo.

¿Qué cambia el acuerdo?

La normativa laboral ecuatoriana, recogida en el Código del Trabajo, establece una jornada ordinaria de 8 horas diarias, 40 horas semanales y dos días consecutivos de descanso.

El acuerdo proponía que empleador y trabajador puedan “acordar” una distribución distinta de esas 40 horas: jornadas de hasta 10 o 12 horas al día, división del horario en bloques (mañana, tarde y noche) y un sistema de compensación de horas —similar a un banco de horas— en lugar de pagar horas suplementarias o extraordinarias.

Según Bonilla, en la práctica esto altera el régimen previsto en el artículo 55 del Código del Trabajo sobre el pago de recargos.

“Si el empleador controla cuándo se trabajan las horas y cuándo se compensan, elimina de hecho el pago extraordinario”, afirmó.

El riesgo del “banco de horas” indefinido

Uno de los puntos más cuestionados es que el acuerdo no fija límites temporales claros para la compensación.

“Podrías quedarle debiendo horas al empleador. Si esta semana trabajas menos, luego no se sabe cuándo se recuperan esas horas. Y si trabajas más, tampoco hay certeza de cuándo se compensan o se pagan”, explicó la jurista.

A su criterio, el sistema podría convertirse en un mecanismo permanente de compensación sin tope, administrado por el empleador.

El ministro Burbano defendió la iniciativa señalando que no se trata de aumentar la jornada laboral, sino de dinamizarla y permitir acuerdos que beneficien a ambas partes, incluso para facilitar emprendimientos personales.

¿Acuerdo real o relación desigual?

El debate también pone en el centro la relación de poder entre empleador y trabajador.

“El acuerdo es uno a uno. No es colectivo. Y todos sabemos cuál es la relación de poder cuando alguien acude a una entrevista de trabajo”, sostuvo Bonilla, quien recordó que en el pasado la contratación por horas fue rechazada en consulta popular.

El acuerdo, además, permitiría pactos con una sola persona trabajadora, sin necesidad de contar con la totalidad del personal, como ocurría en otras modalidades especiales.

Inspección laboral bajo la lupa

El texto contempla inspecciones para evitar abusos. Sin embargo, Bonilla advierte que el sistema de control ya es deficiente.

“Si hoy las inspecciones no son efectivas frente a abusos existentes, ¿cómo van a controlar un sistema más complejo de compensación de horas?”, cuestionó.

Un debate abierto

Mientras el Gobierno sostiene que el documento no está vigente y que forma parte de una discusión nacional, el hecho de que haya sido firmado y publicado mantiene abierta la controversia.

En el fondo, el debate trasciende la técnica jurídica: enfrenta dos visiones sobre el futuro del trabajo en Ecuador. Para el Ejecutivo, se trata de modernizar la jornada laboral sin vulnerar derechos. Para sectores críticos, es una reinterpretación que podría debilitar un estándar histórico de 8 horas diarias y 40 semanales vigente desde hace más de un siglo.

Sofía Montoya

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