
El Pleno de la Asamblea debatirá este nuevo texto denominado “Ley Orgánica Reformatoria a varias leyes para el Fortalecimiento del Trabajo en el Sector Público y Privado y de sus Organizaciones Sindicales” este miércoles, 26 de noviembre a las 10:00.
A pesar de que la Corte Constitucional declaró inconstitucional la Ley de Integridad Pública, el Gobierno busca reintroducir varias de sus disposiciones en una nueva normativa.
Este viernes, 21 de noviembre de 2025, la Comisión del Derecho al Trabajo y a la Seguridad Social —presidida por el oficialista Ecknner Recalde— aprobó el informe para el segundo debate de la “Ley Orgánica Reformatoria a varias leyes para el Fortalecimiento del Trabajo en el Sector Público y Privado y de sus Organizaciones Sindicales”. El Ejecutivo pretende incluir en este proyecto artículos que pertenecían a la norma que la Corte anuló el 26 de septiembre de 2025.
El Pleno de la Asamblea debatirá este nuevo texto el miércoles, 26 de noviembre a las 10:00. Con la mayoría que mantiene ADN junto a sus aliados, es probable que el informe sea aprobado, como ocurrió con otras reformas impulsadas por el Gobierno en los últimos meses.
¿Qué reformas ‘recicla’ esta nueva norma?
El proyecto modifica la Ley de Servicio Público y otras normas. El informe aprobado en la Comisión del Trabajo obtuvo seis votos del oficialismo y reproduce, casi de forma idéntica, las mismas reformas a la Ley Orgánica del Servicio Público que contenía la derogada Ley de Integridad Pública. Entre ellas constan:
¿Qué otros cambios se propone?
Asimismo, la nueva ley incorpora nuevos requisitos y amplía las causales de destitución para los servidores de carrera. En el régimen de estabilidad, el proyecto establece que las comisiones de servicio con remuneración, por hasta dos años, solo podrán otorgarse a quienes hayan cumplido dos años en la institución y mantengan evaluaciones de desempeño muy buenas o excelentes.
La estabilidad en el cargo dependerá de los resultados obtenidos en las evaluaciones periódicas. Además, se incorpora como causal de destitución obtener una calificación de “insuficiente” en la evaluación del desempeño, o de “regular” en la evaluación y en la posterior reevaluación.
La propuesta también define medidas específicas para el teletrabajo. Si un servidor en esta modalidad obtiene calificaciones de regular o insuficiente, o si su jefe lo considera necesario, la Unidad de Talento Humano podrá disponer su retorno al trabajo presencial.
Otra modificación se refiere al ingreso al sector público. Las inhabilidades se amplían a personas de nacionalidad extranjera que tengan sentencias ejecutoriadas en sus países por cualquier delito, lo que impedirá su vinculación mediante nombramiento.
De igual modo, otra modificación se dirige al Código Orgánico Administrativo. El texto plantea que el presidente de la República pueda suprimir órganos o entidades de la administración pública central creados por ley, siempre que se demuestre que la creación fue objetada durante el proceso legislativo o que no contó con dictamen presupuestario.
El informe recibió el respaldo de seis integrantes de la Comisión del Derecho al Trabajo y a la Seguridad Social: Eckenner Recalde, Paola Jaramillo, Naila Victoria Quintana, Christopher Jaramillo, Carmen Tiupul y Elizabeth Vega. En abstención votaron Humberto Alvarado, Roberto Cuero, Fernando de la Torre y Juan Pablo Molina.
.gif)
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Comente