ARTUR ESTUDIO TV

 

  • EN DIRECTO

TV

NOTICIAS MÁS LEÍDAS DE ARTUR ESTUDIO

Buscar en esta Página

LO ÚLTIMO

Violencia obstétrica: cuando el parto también puede convertirse en una vulneración de derechos


Una madre llevó su caso hasta la Corte Constitucional tras denunciar tratos degradantes durante el nacimiento de su hijo. Mientras el proceso sigue en trámite, cifras oficiales muestran que cuatro de cada diez mujeres en Ecuador afirman haber sufrido violencia obstétrica y casi la mitad violencia gineco-obstétrica.

Dar a luz debería ser un proceso acompañado de información, respeto y atención oportuna. Sin embargo, para miles de mujeres en Ecuador la experiencia está marcada por humillaciones, abandono, procedimientos sin información suficiente y un trato deshumanizado. Esa realidad, conocida como violencia obstétrica, volvió a ponerse en el centro del debate a partir de un caso ocurrido en el Hospital General San Vicente de Paúl, en Ibarra, que hoy permanece bajo análisis de la Corte Constitucional.

Hechos

De acuerdo con el relato presentado en la acción de protección, la mujer ingresó al hospital en diciembre de 2023 con un embarazo de 39 semanas tras haber elegido un parto vaginal, al no existir complicaciones médicas.

Durante el proceso, asegura que permaneció varias horas prácticamente sola en la sala de partos, sin acompañamiento adecuado, pese a que las contracciones aumentaban y el dolor era cada vez más intenso.

También sostiene que vomitó en dos ocasiones sin recibir asistencia y que, tras la ruptura artificial de la fuente, transcurrieron varias horas antes de que se decidiera practicar una cesárea.

La doctora tomo un hisopo tipo palo de pincho, y lo introdujo en mi vagina, afirmó que mi dilatación se encontraba en 9.8 lo cual ya era señal de parto normal conforme la misma doctora indicó, al introducir ese palo tipo picho en mi vagina, rompió la fuente, una vez que salió el agua fuente, todos se retiraron de mi camilla.

Según la demanda constitucional, la madre afirma que durante esas horas recibió expresiones intimidantes y despectivas por parte del personal médico, responsabilizándola por no lograr un parto vaginal en el tiempo que le indicaban.

Finalmente, firmó la autorización para la cesárea mientras temía por su vida y la de su hijo.

Después del nacimiento, un médico de neonatología le informó que el recién nacido había permanecido demasiado tiempo sin oxígeno y había presentado complicaciones, según consta en el expediente.

Una jueza sí reconoció vulneración de derechos

La Unidad Judicial Especializada de Violencia contra la Mujer de Ibarra analizó el caso y, en febrero de 2024, aceptó parcialmente la acción de protección.

En su sentencia concluyó que, aunque el procedimiento médico podía haber sido técnicamente correcto, la forma en que fue atendida la paciente vulneró derechos constitucionales como el derecho a la salud, a una vida libre de violencia y a no recibir tratos crueles o degradantes.

Entre las medidas de reparación ordenó disculpas públicas, el pago de una indemnización de USD 3.000 y la capacitación del personal médico en derechos humanos y trato digno hacia los pacientes.

La accionante sostiene que únicamente se realizaron capacitaciones virtuales y que la reparación económica nunca se ejecutó porque el caso pasó a segunda instancia.

violencia obstétrica de Daniela Fonseca

La Corte Provincial revocó el fallo

El panorama cambió en junio de 2024. La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Imbabura aceptó la apelación presentada por las instituciones demandadas, revocó la sentencia de primera instancia y concluyó que no se había demostrado la vulneración de derechos constitucionales alegada por los accionantes.

Tras esa decisión, la familia presentó una acción extraordinaria de protección ante la Corte Constitucional.

La Corte Constitucional admitió el caso

En septiembre de 2024, la Corte Constitucional resolvió admitir a trámite la acción extraordinaria de protección.

En el auto de admisión, el máximo organismo constitucional mantiene en reserva la identidad de las partes “en observancia a la Constitución y al Protocolo de Información Confidencial”, precisamente para evitar la exposición de datos sensibles relacionados con la historia clínica de la madre y del recién nacido.

Hasta el momento, la Corte Constitucional no ha emitido una sentencia definitiva sobre el fondo del caso.

¿Qué es la violencia obstétrica?

La violencia obstétrica comprende acciones u omisiones como el trato deshumanizado, negar información suficiente, impedir decisiones libres sobre el propio cuerpo, retrasar injustificadamente la atención médica, causar sufrimiento innecesario, discriminar, no respetar la dignidad de la mujer, impedir el acompañamiento de una persona de confianza o brindar atención negligente durante el embarazo, parto o posparto.

El amicus curiae presentado por el colectivo Warmis Sororas sostiene que este tipo de violencia constituye una forma de violencia de género que permanece normalizada en muchos servicios de salud y que vulnera derechos fundamentales como la salud, la integridad, la dignidad y la autonomía de las mujeres.

Las cifras muestran que no se trata de un caso aislado

La Encuesta Nacional sobre Relaciones Familiares y Violencia de Género contra las Mujeres (Envigmu), elaborada por el INEC, incorporó por primera vez la medición específica de la violencia gineco-obstétrica dentro de sus indicadores nacionales.

Los resultados reflejan una problemática extendida:

  • El 47,5 % de las mujeres que han recibido atención ginecológica afirma haber experimentado al menos un hecho de violencia gineco-obstétrica a lo largo de su vida.
  • El 41,5 % de las mujeres que recibieron atención obstétrica reporta haber sufrido algún hecho de violencia obstétrica.

La encuesta también identifica diferencias territoriales. En violencia gineco-obstétrica, Imbabura registra una de las prevalencias más altas del país, con 65,2 %, junto con Morona Santiago.

En violencia obstétrica, Imbabura también aparece entre las provincias con mayor incidencia, con 58,1 %, solo por debajo de Morona Santiago.

Además, las cifras muestran una mayor afectación entre mujeres indígenas, quienes presentan los porcentajes más elevados tanto en violencia gineco-obstétrica como obstétrica.

“No quiero que otras mujeres pasen por lo mismo”

Más allá del proceso judicial, la accionante asegura que decidió iniciar la demanda porque considera que muchas mujeres viven situaciones similares dentro del sistema público de salud.

Afirma haber observado malos tratos hacia pacientes, especialmente mujeres indígenas y afroecuatorianas, y sostiene que la violencia obstétrica continúa siendo invisibilizada pese a sus consecuencias físicas y emocionales.

Incluso relata haber conocido otros casos en Imbabura, como el de una madre de Cotacachi cuyo hijo sufrió una fractura en el brazo durante el nacimiento.

Mientras la Corte Constitucional analiza el expediente, el caso se convierte en uno de los procesos que busca sentar un precedente sobre los estándares de atención durante el embarazo, el parto y el posparto, en un contexto donde las estadísticas oficiales muestran que la violencia obstétrica continúa afectando a miles de mujeres ecuatorianas.

Daniela Fonseca

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Comente

Compartir

 

ARTUR ESTUDIO RADIO

RUSSIA TODAY TV

FERIADO BANCARIO

MIRA ESTE VÍDEO ANTES QUE YOUTUBE. LO BORRE Y TU QUE PUEDES HACER POR DEFENDER LA HUMANIDAD?

Tatiano